Tenemos la
impresión de que la Unión Europea es mucho más democrática que Estados Unidos en
el ámbito de las normas internas, que no se toman medidas tan drásticas como lo
hace Bush con su
Patriot Act. Pero, en realidad, si uno se informa bien,
se da cuenta de que la Unión Europea está llevando a cabo, en secreto, una serie
de leyes antidemocráticas extremadamente peligrosas. De este modo, vale la pena
invitar a Jean-Claude Paye, uno de los mejores especialistas sobre nuestros
derechos, para saber qué se nos está preparando en concreto en el ámbito de la
represión.
Jean-Claude Paye. Si uno quiere saber qué es la Unión Europea, hay
cosas bastante mejores que la Constitución. Es necesario echar un vistazo a la
cooperación policial y judicial y, sobre todo, ver cómo esta cooperación se
inscribe en el derecho y en el procedimiento penal y cómo se organiza esta
cooperación europea con los estados exteriores, principalmente con los Estados
Unidos. En ese caso, uno se da cuenta de dos cosas:
- En primer lugar, la
Unión Europea no es un estado supranacional en vías de construcción, sino que es
una coalición de estados nacionales cuyos diferentes poderes se refuerzan
mediante la construcción europea.
- En segundo lugar, la Unión Europea no es
una alternativa al poder de los Estados Unidos, sino que uno se da cuenta de que
es una pequeña subestructura que se inscribe en un conjunto mayor dominado por
el poder ejecutivo norteamericano.
Pondré un par de ejemplos:
Una
semana después de los atentados del 11 de septiembre, la Comisión presentó al
Consejo dos proyectos de decisiones-marco: El proyecto relativo al terrorismo y
el proyecto relativo al mandato de arresto europeo.
Estos dos proyectos
se presentaron como resultado de los atentados del 11 de septiembre, sin
embargo, si uno tiene un poco de sentido común, se puede preguntar cómo se
pueden establecer dos proyectos de ley en espacio de una semana. Se estima que
es necesario un período de seis semanas únicamente para redactar la ley y mucho
más para concebirla. De este modo, se puede decir, sin equivocarse, que tanto
del lado europeo como del lado estadounidense existían proyectos de ley
preparados y esperando la mejor ocasión para sacarlos a la luz.
Si uno se
fija en el lado europeo, observará la "decisión-marco relativa al terrorismo".
Tan sólo existían seis países - Francia, Alemania, Inglaterra, Italia, España y
Portugal - que ya contaban con una ley antiterrorista. Países como Bélgica
tenían la posibilidad de perseguir los actos terroristas con otro tipo de
legislaciones. Por ejemplo, los delitos típicos como el asesinato, el secuestro
de un avión o poner una bomba han sido siempre castigados por cualquier derecho
penal, no es necesaria una legislación especial para ello. Además, Bélgica
contaba con cláusulas del tipo asociación de malhechores o de redes criminales
que permitían investigar y perseguir a las propias organizaciones y crear un
delito de pertenencia. De este modo, era posible ser perseguido por el simple
hecho de pertenecer a una organización sin haber cometido un delito determinado.
En el código penal de los países que no contaban con legislación antiterrorista
ya existían más cláusulas de las necesarias para perseguir los delitos
terroristas. Por lo tanto, si se impone a los nueve países que no cuentan con
ley antiterrorista a incluir una legislación así en su código penal es por una
serie de razones que no se han explicado.
Se pueden observar estas
razones en países en los que ya existía una ley antiterrorista como Alemania,
España o Italia, en los que las leyes antiterroristas permiten una
generalización de procedimientos de excepción en todos los ámbitos del
procedimiento penal, desde el interrogatorio policial hasta el
encarcelamiento.
En España, por ejemplo, si alguien es sospechoso de
terrorismo no tiene derecho a elegir a su abogado, las propias personas que lo
arrestan le designarán uno. Además, existe un plazo de 72 horas en las que el
arrestado no podrá ver a nadie, no podrá realizar ninguna llamada telefónica ni
siquiera a su familia ni contar con un abogado, ni siquiera el que se le haya
designado de oficio. El arrestado podrá contar con este abogado después de
pasado ese período de 72 horas y en el momento de firmar la declaración - por lo
general, la confesión - después de haber sufrido lo que en el lenguaje
norteamericano se denominan 'presiones físicas moderadas', es decir, que la
tortura es sistemática en España.
En Italia, existe la posibilidad de detener
a alguien durante diez años y ocho meses. En Alemania, se puede leer la
correspondencia que mantiene el abogado y el detenido, y así todas las
legislaciones antiterroristas en el ámbito nacional. Cada una cuenta con su
propio desarrollo de los procedimientos de excepción.
De esta manera,
podemos decir que si se quiere imponer una legislación de ese tipo, no es por
luchar contra el terrorismo, porque ya existe todo lo necesario para ello, sino
que simplemente así se podrán generalizar los procedimientos de excepción en
todos los países que cuenten con este tipo de legislación.
Aquí
interviene la segunda decisión-marco propuesta tras los atentados del 11 de
septiembre: "el mandato de arresto europeo" que Bélgica ha integrado en su
código penal al igual que el resto del conjunto de países europeos.
El
mandato de arresto europeo es un procedimiento que sustituye a los acuerdos de
extradición, porque dichos acuerdos obstaculizaban bastante a la justicia y a la
policía, es largo y hay muchos controles que efectuar como la petición de
legalidad. ¿La petición es legal? ¿Existe un delito inscrito en la legislación
del país que recibe la petición?
No es algo que carezca de importancia
porque, en un país como Italia, existen todavía incriminaciones que salen del
código fascista. Por ejemplo, existe la noción de organización subversiva. Una
organización subversiva es una organización que, por poner un ejemplo, defiende
la lucha de clases, el poder de una clase sobre otra mediante la violencia y
desde el final de los años 70, todas las personas de todos los movimientos
sociales son perseguidas basándose en esta incriminación. No sólo es una
incriminación que data de 1923, que fue redactada por el Ministro de Justicia de
Mussolini y que no ha sido suprimida sino que incluso ha sido reforzada. En
1979, la ley Cossiga, que confirma la noción de incriminación subversiva,
aumenta las penas en caso de terrorismo.
El ejemplo italiano es muy
interesante ya que, desde el punto de vista del derecho, se ha combinado el
derecho fascista con el derecho actual en el que las excepciones se basan en la
noción de organización terrorista.
De este modo, todas las peticiones de
extradición que había tenido lugar basándose en esta incriminación, por ejemplo,
todas las personas refugiadas en Bélgica o en Francia, habían sido rechazadas
por el poder político debido a que en Bélgica o en Francia no se reconocía dicha
incriminación. Con el mandato de arresto europeo, esto ya no tiene importancia,
ya no es necesario que sea un delito en el país que recibe la petición, basta
con que un país reclame para que la persona sea devuelta casi automáticamente.
En el único aspecto en el que se puede intervenir es en cuanto al procedimiento,
si los sellos se encuentran en el lugar correcto, en debida forma y si no existe
prescripción.
Si se acuerdan, en Bélgica había dos vascos con respecto a
los que España pedía la extradición basándose en el mandato de arresto. Estos
vivían en Bélgica desde hacía más de diez años y España ya había solicitado dos
veces su extradición basándose en los procedimientos antiguos. La extradición
siempre se había rechazado debido a su ilegalidad - esas personas habían sido
acusadas de alojar a miembros de ETA que meses después de haber vivido con ellos
habían cometido un atentado. El problema para el poder era que estas personas
habían sido denunciadas por otra persona que había sido torturada y cuyo juicio
en España reconocía que, debido a la tortura, la confesión quedaba
anulada.
Se trata de una situación de fuerza donde existe un acto
judicial que dice que la petición es ilegal incluso desde el lado español. Pero
en el marco del mandato de arresto no tiene importancia, la petición es
aceptada. De este modo, esas dos personas vascas permanecieron en Bélgica porque
existía prescripción del delito, pero, si hubieran estado en Bélgica sólo
durante cuatro o cinco años, habrían sido devueltas automáticamente.
Con
este procedimiento del nuevo mandato de arresto, un poder político ya no tiene
que tomar decisiones y puede, eventualmente, verse sometido a presiones o a una
movilización como sucedió, hace algunos años, con el caso de una refugiada
turca.
¿Significa esto que la policía y la justicia pueden automatizar
las extradiciones? Exacto. Es un procedimiento automático basado en un principio
denominado reconocimiento mutuo. Es decir, que una autoridad judicial de un país
europeo es automáticamente reconocida como democrática por los otros países.
Esto significa que la incriminación fascista italiana se vuelve de manera
automática democrática. Significa que la petición española de personas para
torturarlas y prohibirles el derecho a tener un abogado se vuelve
automáticamente democrática. De este modo, vemos que en el marco del "mandato de
arresto" mediante una legislación antiterrorista, cada país desarrolla unos
procedimientos de excepción diferentes que no sólo tienen vigor en los países
que los han votado, sino también en el resto de Europa.
De hecho, lo que
se hace es tomar lo peor de Europa y se le otorga el derecho de convertirse en
ley en toda Europa, es decir, todo bien concentrado (risas en la sala). De este
modo, contaremos con lo peor de cada legislación nacional y también con lo peor
de la unificación europea.
Hay algo interesante en la "decisión-marco
europea" con respecto a las leyes ya existentes e incluso con respecto a su
modelo inglés porque no os lo he dicho pero nos han explicado las leyes
antiterroristas tomadas después del 11 de septiembre, con un margen de 3 días,
una semana no es creíble, pero si uno toma la ley inglesa que ha servido de
modelo para la redacción de la "decisión-marco europea" ésta entró en vigor en
febrero de 2000, es decir, siete meses antes de los atentados, por lo que pueden
observar la capacidad de anticipación de los acontecimientos, pueden juzgarla
ustedes mismos (risas en la sala)
Lo que sí es interesante en esta
decisión, incluso con respecto a las leyes más modernas como la inglesa, es que
introduce un elemento.
En cada ley antiterrorista, existe un elemento
objetivo, por ejemplo, el secuestro de un avión, un asesinato. Un elemento
subjetivo es el hecho de que ustedes cometen una acción con el objetivo de hacer
presión sobre un gobierno o una organización nacional. De este modo, es
interesante porque, por ejemplo, el objetivo de todo movimiento social en el que
ustedes se manifiestan, se realiza para hacer presión sobre el gobierno, para
que éste no privatice los servicios públicos. Ustedes hacen presión sobre el
gobierno, por lo tanto entran dentro de ese marco, sobre todo porque en la
"decisión-marco europea" el elemento objetivo no es necesariamente un asesinato,
puede ser asaltar un edificio público o un medio de transporte público, por lo
que sería la captura pública de un medio de transporte público para evitar su
captura privada, es decir, su privatización. Si alguno de ustedes asalta un
metro con la intención de hacer presión contra el gobierno para evitar la
privatización, entrará en el marco de organización terrorista. Es interesante y,
desde luego, específico en cuanto a la "decisión-marco europea". De este modo,
se puede observar quién es el objetivo de todo esto, sobre todo cuando sabemos
que existe la noción de organización internacional.
Cuando sabemos lo que
se va a discutir en el ámbito de la Organización Mundial del Comercio, también
se observa que el objetivo de esta "decisión-marco europea", que está integrada
en nuestro derecho penal, es también el movimiento antiglobalización contra la
OMC.
Me gustaría decirles que ésta es la parte más suave (risas),
realmente la más suave, ya que si uno se fija adónde conduce todo esto, y
habiéndoles hablado ya de Inglaterra y su sorprendente capacidad de
anticipación, esto se comprueba una vez más el día 11 de marzo de 2005, es
decir, es algo totalmente nuevo, cuando Inglaterra vota una nueva ley
antiterrorista, que actualiza la antigua, y que, al igual que el "Patriot Act",
autorizaba la encarcelación indefinida, sin inculpación y sin delito alguno, de
todos aquellos extranjeros sospechosos de terrorismo. Pues bien, un juicio de la
corte suprema dijo que esta ley era totalmente injusta, que se discriminaba a
los extranjeros frente a la población nacional, que era intolerable esta
discriminación, por lo que decidieron que había que ampliarla al total de la
población. Sin embargo, no se les podían encarcelar, por lo que, en un primer
momento, se tomaron medidas más suaves. Es decir, que si usted es sospechoso de
formar parte o de estar en contacto con alguien que es, a su vez, sospechoso de
terrorismo, usted es doblemente sospechoso.
Se podrán tomar medidas de
control contra usted, por ejemplo, podrá llevar un brazalete electrónico que le
obligue a acudir a comisaría todos los días, realizar inspecciones nocturnas en
su ausencia, impedirle que tenga un empleo y hasta permanecer en arresto
domiciliario.
En caso de los arrestos domiciliarios, es necesaria la
autorización de un tribunal. Uno se puede preguntarse el porqué de esto, ya que
no ha habido juicio, pero el hecho de decidir tomar esta medida de control
contra usted depende de una evaluación de los servicios secretos cuyos informes
son secretos. Es decir que, el juez convoca al tipo que recoge la información y
le pregunta:
- "Señor, ¿tiene usted pruebas?"
- "Sí, señor Juez"
de
este modo, el juez toma la decisión. (risas)
Pueden observar adónde nos
conduce esto. Todo lo que hemos visto en Inglaterra pretenden extenderlo al
resto de Europa y todos esos tipos de medidas los veremos aparecer como
proyectos en los diferentes países y ése es el motivo por el que os hablo hoy de
ellas, para que estéis preparados para responder.
¿Podría usted hablarnos
de la lista de las organizaciones terroristas de Europa y de Estados
Unidos?
Este tipo de procedimiento, en el que se toman medidas sin el control
judicial y sin pruebas, ya existe en el ámbito europeo, ya que existen listas de
organizaciones terroristas. La del Consejo que permite, por ejemplo, bloquear
sus cuentas bancarias, suprimir el conjunto de ayudas del Estado por el simple
hecho de que usted está en la lista, y es una decisión administrativa que,
generalmente, la llevan a cabo los funcionarios del Consejo a petición de
Estados Unidos. En Holanda, por ejemplo, el antiguo presidente del partido
comunista filipino, José María Sison, se convirtió, de la noche a la mañana, en
refugiado, se le cancelaron sus cuentas y el alojamiento del CPAS holandés, le
echaron de su vivienda y, también de la noche a la mañana, se enteró de que
estaba incluido en la lista antiterrorista.
En este caso, fue, de hecho,
Estados Unidos el que hizo la petición y Holanda y más tarde la Unión Europea lo
incluyó en la lista de las organizaciones terroristas. De este modo, ustedes
pueden ser incluidos en la lista y ser terroristas sin saberlo, ya que la lista
de Europol es secreta, lo que permite legalizar ciertos procedimientos de
investigación de intrusión, por ejemplo, leer sus correos electrónicos, abrir
sus correos, realizar inspecciones nocturnas en su ausencia y, si encuentran
algo, retenerlos contra su voluntad, no por los servicios secretos, porque esto
es ilegal, pero, como está en la lista de Europol y, generalmente a petición de
Estados Unidos, si se encuentra algo, aunque no tenga que ver con lo que se
busca, podrá ser detenido en contra de su voluntad.
No dudo de que aún
tienes bastantes más noticias desagradables que contarnos...
Lo que
entiendo de todo esto es que con el mandato de arresto internacional, que
permite a los peores regímenes hacer lo que quieran en todo el territorio
europeo, con la definición de actos terroristas y de la lista de las
organizaciones terroristas, totalmente arbitraria, politizada y sometida a
Estados unidos, estamos en vías de tomar una serie de medidas antidemocráticas,
extremadamente peligrosas y que es necesario que se conozcan.
Este
debate, organizado en Bruselas por
Stop USA el 3 de junio de 2005,
trazaba el retrato completo de la Unión Europea. Podrán encontrar las demás
intervenciones (todas ellas interesantes) - en Frances - en la siguiente página
web:
http://www.michelcollon.info/debat_europe.php
Herwig Lerouge, especialista de la UE:
«El fontanero
polaco no es una ilusión»
Max Ferraille (delegado del metro, tranvías y
autobuses de Bruselas):
«¿Cargas salariales? Con este término se oculta el
robo del salario indirecto»
Jean-Claude Paye:
«El mandato de arresto
europeo da fuerza de ley a lo peor de Europa»
Zoé Génot, diputado
ecologista:
«En las relaciones comerciales Norte-Sur, la UE es peor que
Estados Unidos.»
Henri Houben, economista de Attac-Bruselas:
«Los europeos
más ricos quieren situarse a la altura de los estadounidenses más ricos»
Tony
Busselen, participante del sitio web www.deboutcongolais:
«La rivalidad
Francia-Estados Unidos en África explica las guerras más sangrientas desde
1945»
Vanessa Stojilkovic, realizadora del reportaje "Los Condenados de
Kosovo":
«La guerra de Estados Unidos o de la UE no sólo se lleva a cabo
fuera, sino también contra nosotros»
Véanse también los numerosos artículos
de Europa en el apartado de Invitados
Traduccion : Marta Veiga,
gracias!